Se muestran los artículos pertenecientes al tema comunicados.
Debido a que se nos han hecho llegar dudas con respecto a las competencias de las distintas comisiones que conforman el comité, procedemos a dar una somera descripción de cada una de ellas para que sepáis exactamente a que se dedica cada una de ellas.
Comisión de Seguridad y Salud: Competencias y funciones
La creación de la Comisión de Seguridad y Salud tiene como objetivo principal, mejorar la coordinación de las partes implicadas en la prevención de la salud laboral de los trabajadores, de modo que se alcance un punto de encuentro, de diálogo y de actuación entre ellas, que nos conduzca hacia la planificación de acciones y actuaciones tendentes a conservar la salud de los trabajadores y prevenir la enfermedad y los accidentes derivados de los distintos puestos de trabajo que existen en Tragsega.
Comisión de Fondo Asistencia Social
El principal objetivo de la Comisión de FAS, es gestionar el fondo que se ha creado a este respecto recogido en el acuerdo Marco firmado en diciembre de 2008 entre la Empresa y los representantes de UGT. Por otra parte, dado que esta comisión se encargará de todos los aspectos sociales tales como la conciliación del trabajo con la vida familiar, la flexibilidad laboral, etc., tratará con aquellos temas relacionados con los horarios, vales de comida, calendarios, mudanzas, viajes, etc.
Comisión de Personal y Seguimiento
Seguimiento y control del cumplimiento de cuanta Normativa Laboral y Reglamentos estén en vigor y demás temas de carácter general o particular que pudieran surgir, relativos a contratos, nóminas, expedientes laborales disciplinarios, casos de acoso laboral, aplicación de la ley de Igualdad, e interpretación del convenio colectivo y el acuerdo marco.
Comisión de Formación
La función principal de la Comisión de Formación es velar que los medios de formación propios de la empresa, como el Plan de formación o cursos de especialización, alcancen al mayor número posible de empleados sin discriminación por puesto o sede de trabajo. También está dentro de sus competencias conseguir que se reconozcan la formación recibida por fuentes externas a la empresa y que repercutan en la categoría profesional en los casos que corresponda.
Comité Tragsega Madrid
El pasado 23 de febrero tuvo lugar la reunión de presentación del nuevo comité con los representantes de la empresa. Aprovechando la ocasión de la presentación ,desde el comité se hizo llegar a la empresa el interés en que se pueda reanudar una comunicación fluida entre ambos organismos ,así como que la empresa ayude al comité a facilitar a los trabajadores toda la información que les afecte en algún modo.
También la empresa respondió a una serie de preguntas, que por su carácter urgente habían sido formuladas desde el comité para no tener que esperar a una futura reunión:
También se aprovechó la reunión para presentar las distintas comisiones de trabajo existentes así como definir, para los temas específicos de cada una, interlocutores por ambas partes para lograr una comunicación mas rápida y eficiente.
Estimados compañeros:
Ante las numerosas consultas que nos habéis formulado en los últimos días acerca de las variaciones observadas en las nóminas correspondientes al mes de enero de 2009, creemos necesario aclarar el motivo de las mismas.
Uno de los cambios se ha producido en el porcentaje de gravamen del IRPF y el otro cambio ha supuesto la incorporación a la nómina de un nuevo concepto denominado “ Fondo Asistencia Social” que en la práctica supone un descuento obligatorio de 2,80 euros a los trabajadores que estén en plantilla.
El nuevo concepto venía recogido en el Convenio de Tragsa y desde el pasado mes de diciembre en el Acuerdo Marco firmado entre la Empresa y los representantes de UGT. Este documento, en su artículo 25, punto 4, establece que:
“Para contribuir al Fondo de Asistencia Social, a partir de enero de 2009 los trabajadores fijos se obligan a satisfacer al mismo, la cantidad de euros mensuales que en cada momento se establezca en el Convenio Tragsa. Estas aportaciones tienen el carácter de obligatorias, quedando facultada la Empresa para descontar de los haberes de su personal el importe de sus cuotas, las cuales serán ingresadas mensualmente en la cuota del Fondo de Asistencia Social ”
Destacar que la Empresa contribuye al FAS con una aportación para el año 2009 de 116.256 €.
En cuanto a la variación en el gravamen del IRPF hemos solicitado a RRHH información detallada acerca del tema. En cuanto obtengamos respuesta por su parte, os la haremos llegar.
Comité Tragsega Madrid
Se han formado las siguientes comisiones dentro del Comité:
Comisión de Seguridad y Salud
- Fernando López
- Mª Victoria García
- Rafael Zamora
- Covadonga Pérez
Comisión de Fondo Asistencia Social
- Carlos García
- Francisco José Sánchez
- Marta Martínez
Comisión de Personal y Seguimiento
- Miguel Ángel Villacañas
- Rocío Molina
- Elia García
Comisión de Formación
- Mercedes Marcén
- Felíx García
- Julia Lozano
- Yolanda Viva
Comité Tragsega Madrid
Desde RRHH informan que se ha procedido a la actualización del importe del Ticket Comedor con fecha 16 de septiembre de 2008, pasando a ser 7,20 €. Con esta regularización se igualan los importes de las tres empresas del Grupo.
Con fecha 29 de mayo, ha sido publicado en el BOE, el XV Convenio Colectivo nacional de empresas de ingenieria y oficinas de estudios técnicos. Por lo tanto entra en vigor, a todos los efectos, con esa fecha.
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ACUERDO SOBRE JORNADA, VACACIONES, PERMISOS Y LICENCIAS PARA LOS AÑOS 2008 Y 2009.
El día 6 de mayo conseguimos alcanzar un acuerdo sobre jornada, vacaciones y permisos que, creemos, mejora las condiciones de los trabajadores de Tragsega, si bien todavía no nos igualan al resto de los trabajadores del Grupo Tragsa, siendo éste el objetivo último de ésta Sección Sindical.
1. Jornada:
Hemos logrado una disminución para el año 2008, que tendrá una jornada máxima de 1748 horas, y para el año 2009 que será de 1740. En CC OO creemos que es importante alcanzar un acuerdo sobre reducción de jornada cuya duración sea superior a un año aunque no llegamos a equipararnos en éste punto con el resto del Grupo.
El 15 de mayo es Festividad de la Empresa.
Se disfrutarán de 2 días de libre disposición en el 2008 y 3 en 2009.
El Turno de Navidad es de 4 días laborables.
La distribución diaria de la jornada anual se acordará entre las distintas Representaciones Sociales y la Delegación Autonómica, incluyéndose el derecho a poder disfrutar de puentes por el personal de campo, manifestando expresamente la Representación de la Dirección la voluntad de que ésto ocurra. Desde CC OO exigiremos que los calendarios laborales se aprueben antes del 1 de enero para que ello permita una mejor organización del trabajo y poder recuperar estos días a lo largo del año.
2. Vacaciones:
22 días laborables entre el 15 de junio y el 15 de septiembre, como norma general, pudiendo disfrutar hasta 11 días fuera de este intervalo, y fraccionados en un máximo de 6 periodos al año.
3. Permisos y Licencias:
Se mejora sustancialmente respecto al Convenio Colectivo, igualándonos a los compañeros de Tragsatec.
Hemos discrepado abiertamente en que la ampliación del periodo de lactancia hasta que el hijo tenga 6 meses no pueda acumularse a opción de la trabajadora, pues entendemos que facilitaría su disfrute. Pediremos desde nuestras secciones sindicales que todas las trabajadoras exijan su derecho a poder disfrutar de este permiso.
Por problemas con el archivo en pdf, no podemos colgar aquí el documento integro del Acuerdo, lo que haremos en cuanto logremos solventar esas dificultades. En cualquier caso, podéis pedirlo directamente por correo electrónico a la dirección comite.tragsega@tragsa.es.
Seguiremos informando
REUNIÓN DE LA MESA NEGOCIADORA 22 de abril de 2008 DEL ACUERDO MARCO DE TRAGSEGA.
El día 22 de abril se reunió la Mesa Negociadora del Acuerdo Marco con el objetivo de acercar posturas en los temas referentes a jornada, vacaciones y permisos y licencias para intentar alcanzar un acuerdo antes del día 15 de mayo.
1. Jornada:
Para el año 2008 la empresa propone una jornada de 1748 horas. Desde CC.OO. hemos propuesto una disminución progresiva hasta unificarnos con el resto de empresas del grupo en el año 2010 (para el próximo año 1740).
La distribución será de lunes a viernes con descanso semanal de dos días consecutivos que coincidirán con el fin de semana, excepto en aquellos proyectos cuya actividad ordinaria se desarrolle todos los días del año. Para estos casos hemos propuesto que haya una compensación cuando se trabaje en sábados, domingos o festivos, sin menoscabo del traslado de la libranza semanal a otros días de la semana.
Para el personal que desarrolla su trabajo en el campo, se computará como tiempo efectivo de trabajo el tiempo estimado que el trabajador emplearía en el desplazamiento desde su centro de trabajo hasta el lugar donde desarrolla su actividad y el tiempo dedicado a labores de tipo administrativo.
· Turno de Navidad de 4 días.
· Días de libre disposición. Nuestra propuesta es de 2 días en 2008 y 3 en 2009, para homologar los que ya se disfrutan en las demás empresas del grupo.
· 15 de mayo será considerado como festividad de la Empresa.
· Disfrute de los puentes, considerando estos días recuperables. En CC. OO. creemos que todos los trabajadores del mismo centro de trabajo deben disfrutar de los mismos puentes, para ello es necesario comenzar el año con el calendario laboral aprobado.
2. Vacaciones:
22 días laborables por año completo trabajado, que se disfrutarán, como norma general, del 15de junio al 15 de septiembre, fraccionadas en un máximo de 6 periodos al año y 11 días laborables fuera de este periodo.
Cuando el periodo de vacaciones fijado coincida con una incapacidad temporal por embarazo, suspensión del contrato por maternidad o paternidad o acumulación del periodo de lactancia, se podrá disfrutar en otro momento aunque haya terminado el año natural en el que se hayan devengado.
Cuando sobrevenga una incapacidad temporal coincidiendo con el periodo vacacional, éste será interrumpido.
3. Permisos y Licencias:
a. Permisos retribuidos:
· Permiso por lactancia: una hora diaria que podrá acumularse para su disfrute después de la suspensión por parto, siendo el máximo de dos semanas. Se va a negociar un Acuerdo para la Igualdad dentro del grupo que esperemos que mejore este punto.
· Familiares dependientes: estamos a la espera de una nueva redacción que incluya la nueva Ley de Dependencia.
· Asistencia a exámenes para la obtención de un título académico o profesional: el tiempo indispensable hasta un máximo de 10 al año.
· Fallecimiento de familiares :
1. Hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad: 3 días laborables ampliables a 6 si hay desplazamiento superior a 200 Km. por trayecto.
2. De tercer grado de consanguinidad o afinidad: 1día ampliable a 2 si hay desplazamiento.
· Enfermedad familiar:
1. Enfermedad grave u hospitalización de familiares hasta 2º grado de consanguinidad o afinidad: 3 días naturales ampliables a 6 si hay desplazamiento.
2. Intervención quirúrgica sin hospitalización que requiera reposo de familiares hasta 2º grado: 3 días naturales ampliables a 6 si hay desplazamiento.
· Nacimiento, adopción o acogimiento de un hijo: 3 días naturales ampliables a 6 si hay desplazamiento.
· Matrimonio o pareja de hecho: 19 días naturales en 2008 y 20 en 2009.
· Matrimonio de un familiar hasta 2º grado: 1 día ampliable a 2 si hay desplazamiento.
· Traslado de domicilio: 2 días laborables.
· Examen de carné de conducir para el personal que conduzca al servicio de la empresa: CC OO pide el día.
b. Permisos no retribuidos:
El trabajador que cuente con una vinculación con la Empresa de un año tendrá derecho a un permiso máximo de dos meses en dos años, que se podrá fraccionar en dos periodos.
23 de abril de 2008
Seguiremos informando
En reunión mantenida el día 9 de abril, los miembros de la sección sindical de CCOO del Comité de Empresa de TRAGSEGA-Madrid, hemos tomado la decisión de no intervenir en contra de la natural disolución del Comité por agotamiento del presente mandato, hecho que se producirá el 29 de septiembre de 2008, al cumplirse cuatro años de nuestra elección. Los hechos que nos han llevado a tomar esta decisión son los siguientes:
- La dimisión efectiva (oficializada en los órganos competentes de la Comunidad de Madrid) de nuestros cargos interferiría en la negociación colectiva iniciada a nivel nacional para el establecimiento del ACUERDO MARCO de Tragsega. En este sentido nuestra baja supondría una modificación en la representación de CCOO en la mesa de negociación de dicho ACUERDO, afectando al número de participantes de nuestro sindicato en dicha mesa. Entendemos que esto supondría una deslealtad ante el sindicato al que todavía representamos.
- Nuestra dimisión, unida a la permanencia en su cargo de la representante de UGT, conllevaría la imposibilidad de convocatoria de elecciones totales, teniendo que recurrir a una convocatoria parcial para cubrir los puestos vacantes. Esta situación dejaría durante el periodo de tiempo que transcurriría hasta la celebración del proceso electoral, a UGT como única representación oficial de la empresa, algo que desde la sección sindical de CCOO no creemos conveniente que se produzca.
- De cara a la negociación local en el ámbito de Madrid entendemos que se podría seguir ejerciendo desde la sección sindical de CCOO, máxime cuando la Dirección de la empresa ya ha dado instrucciones para que temas como jornada y calendario se discutan en el ámbito de la Mesa Nacional, donde CCOO se compromete a defender los intereses de Madrid. En este mismo sentido, la negociación sobre el traslado de oficinas se podría llevar desde ese mismo órgano nacional, toda vez que dicha mudanza se producirá antes de que se puedan convocar elecciones en nuestros centros de trabajo (aunque se convoquen con urgencia, el periodo mínimo para su celebración llevaría a la constitución de un nuevo Comité en un plazo de más de dos meses, fechas en la que ya estará ejecutado el traslado de oficinas)
- Por último, y de cara a ampliar la participación en Madrid, abrimos la puerta a la convocatoria de elecciones parciales para cubrir los puestos vacantes en nuestro Comité, integrado actualmente por siete personas, para su adaptación al censo actual de Tragsega en Madrid, que correspondería a una Comité de Empresa de 17 miembros.
La sección sindical de CCOO de Tragsega-Madrid
| Año 2007 | Año 2007 | Año 2008 | Año 2008 | |
| NIVEL | Mes x 14 € | ANUAL € | Mes x 14 € | ANUAL € |
| 1 | 1.544,34 | 21.620,89 | 1.593,77 | 22.312,75 |
| 2 | 1.147,18 | 16.060,59 | 1.183,89 | 16.574,56 |
| 3 | 1.106,21 | 15.487,00 | 1.141,61 | 15.982,58 |
| 4 | 1.014,19 | 14.198,69 | 1.046,64 | 14.653,05 |
| 5 | 886,36 | 12.409,04 | 914,72 | 12.806,13 |
| 6 | 763,63 | 10.690,79 | 788,06 | 11.032,90 |
| 7 | 738,02 | 10.332,34 | 761,64 | 10.662,97 |
| 8 | 686,92 | 9.616,91 | 708,90 | 9.924,65 |
| 9 | 639,20 | 8.948,78 | 659,65 | 9.235,14 |
| 10 | 432,65 | 6.057,11 | 457,64 | 6.406,91 |
| Plus Convenio | 1.931,29 | Plus Convenio | 1.993,09 | |
| Dietas Día | 48 € | Dietas Día | 49 € | |
| Dieta Comida | 10 € | Kilometraje | 0,19 €/km. |
Por fin hemos alcanzado un preacuerdo que deberemos ratificar, una vez ultimados los textos de los artículos que se modifican, con la firma del convenio colectivo el próximo 11 de marzo.
27-02-2008 - El pasado miércoles, 13 de febrero, celebramos la última reunión de la mesa de negociación del XV convenio colectivo, tal y como estaba previsto e informamos en nuestra anterior comunicación.
Dicha reunión la concluimos con una serie de contenidos negociados que avanzaban de manera positiva y sustancial sobre los que anteriormente la patronal no estaba en disposición de firmar y que desde los sindicatos habíamos marcado como necesarios, y así lo manifestamos anteriormente y así lo hemos decidido, para poder cerrar la negociación de este convenio. En resumen, los siguientes:
Retribuciones:
Subida salarial 2007: 4,2% con carácter retroactivo desde 1-1-2007
Subida Salarial 2008 y 2009: 3,2% y 2,8% respectivamente, con cláusula de revisión si a 31-12 el IPC es mayor de este porcentaje y carácter retroactivo desde que el IPC alcance o sobrepase la subida inicial.
Dietas: 2008 = 48€; 2009 = 49€; Dieta de Comida: 10,5€
Tiempo Trabajo:
24 de diciembre: consideración de no laborable ni recuperable, totalmente, sin recuperación de horas.
Jornada anual reducción de 4 horas, estableciéndose en 1806 la jornada máxima anual.
Jornada flexible: Recomendación de negociación mediante acuerdo colectivo en las empresas con indicación de bandas de entrada, salida y comida; y tiempo de permanencia mínimo. Esto impide en la práctica que la imponga la empresa.
Clasificación profesional:
Promoción de los Auxiliares Técnicos a nivel 8 (antes nivel 10).
Encuadrar a los Oficiales Técnicos de 1ª en el nivel 5 y a los de 2ª en el nivel 6. (Antes no estaban)
Reactivación de la Comisión y seguimos discutiendo la clasificación profesional.
Igualdad de oportunidades:
Lactancia: La madre tendrá la opción de elegir la hora de reducción diaria o la acumulación en dos semanas después del permiso de maternidad.
No discriminación en las relaciones laborales. Igualdad de oportunidades.
Las empresas realizarán esfuerzos tendentes a lograr la igualdad de oportunidades en todas sus políticas, en particular, la igualdad de género, adoptando medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre hombres y mujeres.
Después de más de doce meses de negociaciones con bastantes dificultades y demoras y de unos últimos meses con grandes tensiones en la negociación de puntos esenciales como la cláusula de revisión salarial, la reducción de jornada, la promoción de los Auxiliares Técnicos, la posibilidad de acumulación de la lactancia, etc., por fin hemos alcanzado un preacuerdo que deberemos ratificar, una vez ultimados los textos de los artículos que se modifican, con la firma del convenio colectivo el próximo 11 de marzo.
Comfia-CCOO
En relación con la celebración de un acto conmemorativo del 30 Aniversario en Madrid, hemos recibido información por parte de la Dirección de Recursos Humanos del Grupo Tragsa, comunicándonos la organización de un evento el próximo día 10 de Octubre en el Hipódromo de Madrid. De este acto recibiréis en breve puntual información. Podemos adelantaros que se recogerá al personal en las oficinas en torno a las 12 del mediodía y que habrá un acto oficial a las 13:30. Se servirá una comida en el propio Hipódromo, donde se celebrará una carrera de caballos y actuará una orquesta.
Con motivo de la evidente discriminación que supone la invitación selectiva a los actos del 30 Aniversario durante esta semana, desde el Comité de Empresa de Tragsega-Madrid se ha solicitado a la Dirección del Grupo Tragsa alguna compensación para la mayoría de los trabajadores que deberán mantenerse en sus puestos de trabajo mientras se celebran estas lúdicas jornadas en Galicia. En cuanto tengamos respuesta desde la Dirección os la haremos llegar.
EL COMITÉ DE EMPRESA TRAGSEGA-MADRID, INFORMA:
En la reunión mantenida con la Dirección de la empresa el pasado día 20 de diciembre, se recibió información sobre el reciente proceso de incorporación a plantilla llevado a cabo en las empresas del Grupo Tragsa.
Según estos datos, los criterios que mayoritariamente se han tenido en cuenta han sido, la antigüedad, las situaciones de contratación en varios proyectos, y la necesidad de retención de personal especifico.
El proceso ha culminado con la transformación en contratos indefinidos de un total de 407 trabajadores en Tragsega, 208 en Tragsatec y 1.898 en Tragsa. Con esta incorporación el porcentaje de trabajadores fijos en nuestra empresa ha pasado del 9% al 32,28 %, superando en la actualidad los porcentajes de las otras dos empresas del Grupo.
Por Unidades Organizativas, la Dirección de Estudios y Consultoría ha participado con 33 transformaciones de contrato, la Dirección de Operaciones con 326, y el Área de Informática con 48.
Por categoría profesional, el reparto es el siguiente: Titulados Superiores 293, Titulados Medios 14, Analistas 13, Programadores/Operadores 15, Grabadores 11, Administrativos 35, Oficiales Oficios 26.
Según el criterio, la antigüedad se ha tenido en cuenta en 229 de los casos, mientras que los 178 restantes se han basado en alguno de los otros criterios.
Por último, y en cuanto a lo localización geográfica de esos contratos, en la Comunidad de Madrid (Sede y Delegación), se han transformado 96 contratos.
En primer lugar, desde el Comité de Empresa de Tragsega-Madrid queremos dar la enhorabuena a todos los trabajadores beneficiados por esta medida.
Por otra parte, recordar a todos los trabajadores que esta incorporación a plantilla es fruto del proceso de diálogo social entre Gobierno, Sindicatos y Patronal que se cerró con la firma del Acuerdo para la mejora del crecimiento y el empleo. Si bien la aplicación estricta de dicho Acuerdo en Tragsega, no implicaba la transformación de prácticamente ningún contrato en este año, es evidente que una empresa pública como la nuestra no podía permanecer al margen de ese crecimiento en la estabilidad que perseguía el Acuerdo. Han sido, por tanto, las modificaciones en la legislación laboral, y la presión ejercida desde sus firmantes, las que ha propiciado este incremento en la estabilidad en nuestra empresa.
A partir de ahora queda un año para que las condiciones que se recogen en la legislación que acompañó al citado Acuerdo, obliguen a incorporar en la plantilla a la mayoría de los trabajadores de nuestra empresa. En enero de 2008 todos aquellos que hayan trabajado durante 2006 y 2007, tendrán que pasar a ser fijos. Analizando las características específicas de nuestros trabajos, es de esperar que esta incorporación sea entonces masiva. Por nuestra parte vigilaremos para que, desde ahora y hasta esas fechas, no se produzcan “no renovaciones” que atiendan al incumplimiento de esta norma legal, y por supuesto denunciaremos todas aquellas situaciones que puedan considerarse como un fraude en relación a esta legislación.
El pasado día 15 de Noviembre la Representación Nacional de los Trabajadores de Tragsega, ejercida por medio de las Secciones Sindicales de los tres sindicatos que actualmente cuentan con representantes en los diferentes Comités de Empresa (UGT, CCOO y CIG), mantuvo una reunión con representantes de la Dirección del Grupo Tragsa, con objeto de iniciar la negociación colectiva de ámbito estatal. Mediante esta fórmula se podrán alcanzar acuerdos que puedan tener aplicación en toda la empresa, superando el carácter local de los Comités actualmente constituidos. Este nuevo sistema esperamos que permita avanzar en temas que hasta ahora se mantenían bloqueados por parte de la Empresa, siempre con la excusa de esa representación parcial de cada uno de los Comités.
A continuación os informamos de los temas tratados y de los pequeños acuerdos alcanzados. Como se refiere en el texto, en fechas próximas se convocará una nueva reunión de la que os mantendremos informados.
1.-GASTO DE DESPLAZAMIENTO
Ante la solicitud de la Representación de los Trabajadores (RT), se alcanzó el siguiente acuerdo: A partir del 1 de enero de 2007 se equiparará el gasto por kilometraje equiparándolo al recogido en el Convenio de Tragsa, incluyendo la actualización anual que recoge dicho Convenio.2.- REFORMA LABORAL
En virtud del articulo 64 del E.T, en el que se recogen las funciones y derechos de los Comités de Empresa, ( Recibir información, que le será facilitada trimestralmente, al menos, sobre...evolución probable del empleo en la empresa, así como acerca de las previsiones del empresario sobre la celebración de nuevos contratos, con indicación del número de estos y de las modalidades y tipos de contratos que serán utilizados...) se solicitó información y participación en la aplicación de la Reforma Laboral en Tragsega (nº de contratos fijos, criterios de selección, fecha aproximada de aplicación,...). La Representación de la Dirección (RD) insistió en que, legalmente, la aplicación de la Reforma en Tragsega no conllevaría ningún contrato indefinido en este año, y que tan solo a partir del 2008 se podrían empezar a notar sus consecuencias. Aún así, la RD comentó que se procederá a la transformación de contratos eventuales en indefinidos, y se nos informo que los criterios que han usado para elaborar la propuesta han sido: Legalidad de contratos (fraude de ley), antigüedad, especial calificación y necesidades de mercado (informáticos,...). Así mismo se nos convocó para una reunión antes del día 15 de diciembre en la que nos informarían del nº de contratos indefinidos.3.- RECONOCIMIENTO ANTIGÜEDAD
Se presentó una propuesta para el reconocimiento de la antigüedad para los trabajadores indefinidos de Tragsega que hayan tenido cualquier relación contractual con cualquiera de las empresas del Grupo, respetando la misma en interrupciones de contrato de hasta tres meses. La RD tan solo aceptaba el vínculo a cualquiera de las empresas, pero limitaba el acuerdo a que tan solo se reconocerían los contratos laborales y no los mercantiles, y una interrupción máxima de 31 días entre contratos.. Teniendo en cuenta la gran cantidad de trabajadores de nuestra empresa que estuvieron contratados durante años como autónomos (en un evidente fraude de ley del que el Grupo Tragsa una vez más saldrá de rositas), y los que sufren la interrupción de sus contratos por más de un mes debido al carácter temporal de las campañas en las que trabajan, la RT no aceptó la propuesta de la RD dejando para la próxima reunión la respuesta definitiva de la RD sobre la propuesta presentada.
4.- CONCILIACIÓN VIDA LABORAL Y FAMILIAR
5.-PERMISOS Y LICENCIAS
Se presentó oferta de permisos igualando los permisos de Tragsa. Se quedó a la espera de respuesta en la próxima reunión a convocar antes del 15 de diciembre.6.-VACACIONES
Se presentó oferta de modificación de la formativa sobre vacaciones, la solicitud de la ampliación a TRAGSEGA de la fiesta de Tragsa (San Isidro), y del turno de navidad para todos los trabajadores de la empresa. Se quedó a la espera de respuesta en la próxima reunión a convocar antes del 15 de diciembre.7.-CONTRATACIÓN DE LUNES A DOMINGO
Se solicito la eliminación de la cláusula 2ª de los contratos en su referencia al R.D 1561/95 sobre jornadas especiales de trabajo, siendo aceptado por parte de la RD.
8.- COMITÉ DE FORMACIÓN
Madrid, 30 de Noviembre de 2006
Ha llegado a conocimiento de este Comité el resultado de la última reunión del llamado "Comité Solidario del Grupo Tragsa". Al parecer, en esta reunión, se han tomado una serie de decisiones en cuanto a la normativa de funcionamiento del mismo, la composición de sus miembros, y la dotación de fondos para su funcionamiento. En dicha reunión se ha nombrado representante de Tragsega, a un delegado del sindicato con mayoría en nuestra empresa, UGT.
No tenemos ningún problema con ser representados por este compañero, ni nos mueve ningún afán de protagonismo respecto a este Comité, pero nos parece, cuando menos sorprendente, que el Grupo Tragsa articule un sistema de representación para Tragsega en este tema, mientras se mantiene bloqueada toda negociación colectiva en otros asuntos, aduciendo la inexistencia de un sistema de representación de carácter nacional en nuestra empresa. No es la primera vez que esto sucede, y la Dirección del Grupo ya ha utilizado fórmulas similares para adjudicar la representación en ese mismo sentido para otras reuniones. No podemos entender que para tratar temas como la estabilidad en el empleo (continuamos sin acuerdo de estabilidad y sin pases a plantilla en este año), la formación (no hemos podido participar en el plan de formación de los cursos subvencionados), o la conciliación de la vida familiar y laboral (nos mantenemos en niveles mínimos cuando las otras dos empresas del Grupo tiene mejores acuerdos), se niegue la representación estatal a los Comités actualmente electos, y por otra parte se reconozca la misma a un único sindicato para otros asuntos.
En estas condiciones, y lamentándolo mucho porque consideramos que los asuntos sociales tratados en ese Comité Solidario son de gran importancia, no podemos asumir las decisiones que emanen de dicho órgano. No podemos, ni queremos, ser testigos mudos de un sistema en el que la participación de Tragsega se decide unilateralmente desde la Dirección dependiendo de la incomodidad de los asuntos a tratar.
Tras ser consultados por varios trabajadores de TRAGSEGA, sobre la compensación de horario durante la jornada de verano para aquellos trabajadores que tengan que realizar una jornada superior a la establecida en el Convenio durante ese periodo, el Comité de Empresa TRAGSEGA-Madrid elevó la siguiente solicitud a la Dirección de la Empresa. Aunque conocemos que en algunos Departamentos se están aplicando sistemas de compensación similares al que estamos solicitando, entendemos que debe hacerse pública una normativa que regule estas circunstancias para todos los trabajadores que disfrutan de este tipo de jornada intensiva, y no que se establezcan diferencias o que se deje en manos de negociaciones particulares en lugar de colectivas.
Hasta la fecha, y aunque la jornada da comienzo mañana, no hemos recibido ninguna respuesta por parte de la Dirección, por lo que hacemos pública nuestra solicitud para dejar constancia de la voluntad de este Comité de alcanzar un acuerdo.
“Ante el inminente inicio de la jornada intensiva en Tragsega, regulada en el artículo 23.2 del XIV Convenio Colectivo Nacional de Empresas de Ingeniería y Oficinas de Estudios Técnicos, con un máximo de 36 horas semanales, y teniendo en cuenta que durante los tres meses de su duración se producen situaciones en las que se supera ampliamente este horario (viajes, cursos, reuniones y otras circunstancias puntuales que obligan a desarrollar trabajos por la tarde fuera del tronco obligatorio de 8 a 15:12), solicitamos que dicho exceso de jornada sea compensado conforme a Convenio (art.36.4), con el tiempo equivalente de descanso incrementado, al menos, en el setenta y cinco por ciento. Así mismo, en estas situaciones en las que el trabajador deba seguir desarrollando sus funciones durante la tarde, les sean abonados los gastos de manutención que devengue por tales circunstancias, bien mediante el abono de dieta, o de ticket-comedor. Teniendo en cuenta que este tipo de compensación ya se está empleando en algunos trabajadores de nuestra empresa, esta solicitud tan solo igualaría las condiciones de todo el personal de Tragsega-Madrid. Dada la proximidad del inicio de la jornada de verano, rogamos celeridad en la respuesta, ya que, de otra forma, una parte de los trabajadores se verían discriminados respecto a otros, en una aspecto que queda claramente regulado en el Convenio Colectivo.”Por último, y de cara al inicio de la jornada intensiva, recordamos también que todas las horas acumuladas hasta el día 14 de junio se perderán una vez iniciado el horario de verano, por lo que podéis hacerlas efectivas antes del miércoles 14, y siempre a partir de las 14 horas.
En la reunión mantenida con la Dirección de la Empresa el pasado 3 de mayo, y a petición de este Comité de Empresa, se concedió, para los trabajadores de Tragsega cuyo puesto de trabajo se encuentra en las oficinas de Julián Camarillo, la equiparación con las normas de horario que se aplican al resto de trabajadores de dicho centro de trabajo. Estas normas incluyen la posibilidad de contabilizar la entrada desde las 7:45, y la salida desde las 13:45, así como la ampliación del permiso para el desayuno a 25 minutos. Con esta medida se igualan las condiciones de horario de todos los empleados del Grupo Tragsa en esas oficinas.
Respetamos, como no podía ser de otra forma, las justas reivindicaciones laborales de esos trabajadores, y nos congratulamos de su triunfo, obtenido en muchas ocasiones tras largos y duros procesos, pero entendemos que las sentencias deben recaer sobre los organismos que en su día incumplieron la legislación laboral, en este caso las diferentes Consejerías implicadas, y no sobre nuestra empresa y sus trabajadores.
Primero fue el caso de Asturias, con la incorporación de personal directamente con contratos indefinidos, saltándose toda la normativa interna al respecto, y aceptando unas condiciones de trabajo que nada tienen que ver con las que afectan al resto de los trabajadores de Tragsega, dando lugar a una situación injusta en la que trabajadores contratados para las mismas funciones tienen condiciones laborales y económicas muy distintas.Ahora se plantea el caso gallego, donde se empiezan a contratar a ex-campañistas en puestos de coordinación y gestión, que, por lógica, deberían estar destinados a trabajadores de Tragsega que llevan años desempeñando de forma eficiente sus funciones, y que ven así limitada su promoción interna en la empresa. Además de tener que prescindir de trabajadores de anteriores campañas, cuya selección no sigue un criterio claro y preestablecido, en la que no se tiene en cuenta los años de servicio a la empresa.
Somos una empresa pública, y somos conscientes de que dependemos de la contratación de las diferentes Administraciones, pero rechazamos estas actitudes de total servilismo ante nuestros clientes, y menos cuando esa sumisión se hace en menoscabo de los derechos de los trabajadores de la casa.
Desde el ORIT demandamos que, de igual manera que a los empleados de Tragsega se les exige lealtad y compromiso con la empresa (que se cumple con creces), los trabajadores podamos esperar que, desde los órganos directivos se defienda a su propio personal, y no se antepongan intereses políticos y económicos a los derechos de sus trabajadores.
A partir de varias consultas recibidas por este Comité, sobre problemas con los finiquitos de Diciembre y la nómina de Enero, y una vez puestos en contacto con la Dirección del Grupo, nos han transmitido la siguiente información.
En el cálculo de la liquidación de fin de contrato de parte del personal de Tragsega, se produjeron una serie de errores que afectaban a los días de vacaciones disfrutados y devengados. En algunos casos se descontaron erróneamente días de vacaciones, y en otros se abonó el importe de días no disfrutados, cuando esas circunstancias no se ajustaban a la realidad.
Según la información que ahora nos transmiten desde Recursos Humanos, estos problemas están en vías de solución. Respecto a las liquidaciones que se hicieron en contra del trabajador, ya se ha procedido al pago de las cantidades mal descontadas, y se están emitiendo las nuevas nóminas de esa liquidación y los certificados de empresa correspondientes.
En cuanto a las liquidaciones en las que se abonaron días ya disfrutados, se está procediendo a su regularización en función de la cantidad implicada. En los casos en los que las cantidades no sean muy elevadas, se procederá a su descuento en la nómina de los trabajadores de Enero. En aquellos otros casos en los que las cantidades sean altas, se procederá a descontarla en tres nóminas sucesivas, y en algún caso puntual en cuatro. Además se emitirán nuevas nóminas y certificados con la información correcta. En cualquier caso, si algún trabajador no está de acuerdo con este sistema de regularización, pueden ponerse en contacto con RRHH donde estudiaran su caso.
En relación con la nómina de Enero, en los últimos días del mes se detectaron una serie de fallos en la grabación de datos que suponían la anulación de muchas nóminas. Ante la posibilidad de dejar sin ingresos a los trabajadores implicados, han tomado la decisión de abonar las nóminas en base a convenio, y en unos días remitir la nómina correcta, y abonar la diferencia.
Desde el Comité de Empresa de Tragsega/Madrid queremos transmitir nuestra preocupación por estos errores, fruto evidente de la reorganización del Grupo, y esperamos que este tipo de situaciones sean casos puntuales en el inicio de esta nueva etapa.
En el transcurso de la reunión mantenida por el Órgano de Representación Intercentros de Tragsega (ORIT), con los representantes de la Dirección del Grupo TRAGSA, el pasado día 3 de noviembre, la Representación de los Trabajadores elevó una consulta sobre la situación que se produce en los casos en los que se ejecutan tareas en días festivos, tras haber trabajado las 40 horas semanales, haciendo referencia a que en estos momentos se utilizan diferentes sistemas de compensación que habría que equiparar. Además se consultó sobre la posible compensación de tardes trabajadas en periodo de jornada de verano para los trabajadores de oficinas que disfrutan de este tipo de jornada.
En la última reunión mantenida el día 20 de diciembre, la Representación de la Dirección, dio respuesta a estos temas con las siguiente información, que a continuación publicamos por ser de evidente interés general.
Actualmente en Tragsega existe un sistema de flexibilidad horaria que recoge una compensación para el exceso de jornada diaria. En dicho sistema se permite el acumulo de horas (hasta 5 horas semanales), que quedan acumuladas para la semana siguiente (Acuerdo sobre Jornada Laboral, Tragsatec, 4 de Junio de 2001). En el caso de los trabajos en fin de semana,. el exceso de jornada laboral semanal está recogido en nuestro convenio, en el articulo 36, donde se determina que el exceso de horas se compensarán por tiempos equivalentes de descanso, incrementados, al menos, en el setenta y cinco por ciento.
Este articulo será de aplicación solo en los casos en los que una vez consumida toda la jornada semanal, y debido a situaciones puntuales (periodo de punta de producción, ausencias imprevistas, situaciones de urgencia, cambios de turnos u otras circunstancias extraordinarias), se sobrepasen esas horas, realizando trabajos en días festivos (tanto en contrataciones de lunes a viernes como de lunes a domingo). No se podrá aplicar dicha compensación en aquellos casos en los que la actividad de fin de semana esté programada en la propia naturaleza de las tareas encomendadas al trabajador en su contrato, y que por tanto estén incluidas en el cómputo de horas de la jornada laboral semanal (siempre en contrataciones de lunes a domingo).
En cuanto al sistema de compensación de las tardes trabajadas en periodo de jornada de verano, el mismo Acuerdo sobre Jornada Laboral de Tragsatec, actualmente en vigor en Tragsega, hace referencia a estos casos, recogiendo el siguiente texto:
“Durante la jornada de verano, y siempre previa autorización del Coordinador del Área, el trabajador que realice una jornada semanal superior, en dos horas mínimo, a la fijada en el Calendario Laboral, con el mismo límite señalado de las cinco horas semanales, podrá reducir este tiempo, dentro de la semana inmediatamente posterior, en la forma que pacte con el Coordinador”
Desde el Comité de Empresa Tragsega- Madrid, hacemos un llamamiento a todos los trabajadores de nuestra empresa para la vigilancia del cumplimiento de los términos contenidos tanto en el Acuerdo citado como en nuestro Convenio Colectivo, exigiendo las compensaciones establecidas, y denunciando aquellos casos en los que no se lleven a cabo.
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