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Comité TRAGSEGA Madrid

Hoy entra en vigor el tope al encadenamiento de contratos temporales pactado en la reforma laboral

Algunas de las medidas contenidas en esta norma entrarán en vigor hoy mismo, como el límite al encadenamiento de contratos temporales, si bien con carácter general la vigencia de esta ley comenzará el próximo 1 de julio. 

En concreto, desde hoy estarán vigentes las modificaciones legislativas que incluye el decreto para mejorar la utilización de la contratación temporal.

De esta apartado forma parte el límite al encademiento de contratos temporales acordado por Gobierno, patronal y sindicatos, según el cual, los trabajadores que en un plazo de 30 meses hayan tenido dos o más contratos temporales durante un periodo superior a dos años para cubrir un mismo puesto de trabajo adquirirán automáticamente la condición de fijos.

Esta medida será de aplicación a los trabajadores que suscriban tales contratos a partir de hoy. Respecto a los contratos temporales firmados con anterioridad a esa fecha, y a los efectos del cálculo de número de contratos, de su duración y del plazo señalado, se tomará en consideración los vigentes a la entrada en vigor de la norma.

También entrarán en vigor hoy la mejora de prestaciones del Fondo de Garantía Salarial (FOGASA), de la transparencia en la subcontratación de obras y servicios, y la definición de la figura de cesión ilegal.

Los cambios en la cotización y prestaciones del FOGASA, en la gestión de la formación profesional y en la Ley General de Subvenciones, así como los operados en la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos, estarán asimismo vigentes a partir de hoy.

EL RESTO, EL 1 DE JULIO.

El resto de las medidas contenidas en la reforma laboral, como el nuevo programa de bonificaciones o el plan extraordinario de conversión de empleo temporal a indefinido, entrarán en vigor el próximo 1 de julio.

Este Real Decreto consta de tres capítulos. El primero incluye medidas de impulso a la contratación indefinida; el segundo aborda determinadas modificaciones legislativas, y el tercero trata de la mejora de la protección por desempleo de colectivos específicos. Asimismo incluye siete disposiciones adicionales, cuatro disposiciones transitorias, una disposición derogatoria única y cuatro disposiciones finales.

En la exposición de motivos, el Gobierno destaca el papel desempeñado por la concertación y el diálogo social en los últimos treinta años a la hora de afrontar los desequilibrios del mercado de trabajo.

Además, el Ejecutivo recuerda que los objetivos de la reforma son actuar sobre el insuficiente volumen de empleo y sobre la elevada tasa de temporalidad española, situada actualmente en el 33,3%. Para el Gobierno, esta reforma constituye un "punto de equilibrio", orientado a la creación de empleo y a la mejora de su calidad.

En este sentido, subraya que "el crecimiento más sólido es el que se basa en el empleo estable y que el desarrollo de más calidad es el que se basa en el empleo de calidad".

Los objetivos de más empleo, más estabilidad laboral y menos temporalidad, dice el Gobierno, son "tan legítimos como inaplazables", lo que justifica, a su juicio, la utilización de la figura de un Real Decreto-Ley para la puesta en marcha de las medidas acordadas con sindicatos y patronal.

 Fuente: Europa Press

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